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ABC SEVILLA 27-06-1930 página 32
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ABC SEVILLA 27-06-1930 página 32

  • EdiciónABC, SEVILLA
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A B C. V I E R N E S 37 D E J U N I O D E 1930. EDICIÓN D E ANDALUCÍA. P A G ¿2, malizar aparece una partida de pesetas 30.297 28, bajo el epígrafe Sr. Vázquez Nieto a cuenta de certificaciones, y habiendo el que suscribe examinado, previa autorización del director de Hacienda, el documento respectivo, encontróse con un recibo drt Sr. Vázquez, Nieto por 200.000 pesetas cuenta de obras, del pabellón de Córdoba, siendo testigos los señores Traver y Carvajal, de cuyo total resultan deducidas pesetas i6o.702 72 por certificaciones de las obras realizadas, y, por tanto, deudor al Co mité dicho Sr. Vázquez Nieío por pesetas 30.297 28, incluidas por ello en el- arqueo como cuenta a formalizar. Ignoro si los ingresos del pabellón Moro, afectos a ese débito, habrán cubierto ya dicha responsabilidad; pero que conste que en el acta de arqueo me basé para hacer mi afirmación y que, o padecen erroft en su liquidación los señores Carvajal y Traver, que dicho sea de paso no son los encargados de formalizar cuentas, o lo padecen los firmantes del acta de arqueo, que me sirve de fundamento, señores Cañal, Cruz Conde, marqués de Valdeíñigo, Camporredondo, Molano y Apellániz. P o r mi parte, pues, no he errado, ateniéndome a documentos tan auténticos como éste. L) Referente al derrumbamiento d e j a s Galerías Comerciales he de decir: Que no fué uno solo; que sobre el Reglamento e instrucciones dictadas en general existe la aplicación al caso particular para comprobar si llena las condiciones exigidas; que es realmente extraño que una catástrofe meteorológica de la magnitud que describen los señores técnicos no causara daño alguno en el resto de los edificios en construcción en el sector Sur, y que dada la naturaleza de las contratas, el riesgo de fuerza mayor corre siempre a cargo del contratista, como sabe todo el que ha saludado el Derecho civil. Además, aparte el requerimiento citado por mí (que me ha valido, al ser rectificado, la adquisición del precioso e inédito conocimiento de que la naturaleza de los cimientes no influyen en la solidez de una obra) existe una carta, dirigida por el Sr. Traver al Sr. Vázquez Nieto, fecha 14 de diciembre de 1927, dondn dice, hablando de los arcos construidos en las Galerías Comerciales N o me explico cómo pueden hacer esto, desoyendo las órdenes que los inspectores les dan, y le repito que siento decírselo, pues puede ser causa de alguna contrariedad que no quiero que fie ninguna manera haya E s decir, que aun después del accidente sufrido e indemnizado, la construccipn por el Sr. Vázquez Nieto de las Galerías Comerciales- adolecía de defectos tales, que hacían presumir nuevas contrariedades, aun sin necesidad de terribles fenómenos meteorológicos, como el de 19 de noviembre. Permítame, por tanto, el Sr. Traver, que en este asunto siga pensando que en el derrumbamiento de aquella fecha tuvo más influencia la mala d i s t r a c c i ó n que el fenómeno meteorológico; a más de que en todo caso las consecuencias del caso fortuito corrían a cargo del contratista y otra cosa era u a trato especial de favor, que respecto a la desigualdad del mismo confirma lo anteriormente dicho por nosotros. Para terminar, yo no desconozco los méritos de los señores Carvajal y Traver, porque de ellos se ocupan con profusión los originales de propagandas obrantes en los expedientes que he leído; pero en lo que respecta a los puntos que en su escrito examinan mantengo íntegramente lo dicho, que en la mayoría de los casos, antes ratifican que rectifican dichos ilustres técnicos, y que en cuanto a los realmente impugnados, mis afirmaciones se basan en documentos auténticos, cuya eficacia ellos menos que nadie pueden desconocer. Y para rio cansar me limito a acompañar una certificación refe- E L SEÑOR GIMÉNEZ FERNANDEZ REPLICA AL I N G E N I E R O Y A L ARQUITECTO D E LA EXPOSICIÓN E l concejal D Manuel Giménez Fernández nos ruega la publicación del siguiente escrito: Tengo una verdadera satisfacción en contestar el alegato de los señores Carvajal y Traver, cuya defensa aplaudo en cuanto tiene de objetiva y serena y coloca la cuestión en el terreno de crítica elevada, del que me propongo no desviarla nunca, aun defraudando con ello el malsano deseo de los que, a falta de argumentos, esgrimen armas, que debieran estar proscritas hace tiempo. Empecemos por advertir que el escrito que contesto sólo alude a uno de los extremos de m i informe cual es la determinación de los motivos del déficit existente en el presupuesto del magno Certamen; es decir, que aun cuando se destruyera este punto de aquél, con ello no se había conseguido otra cosa que demostrar un error de diagnóstico, pues la existencia de la enfermedad, o sea el déficit, no puede negarlo n i ha sido negado por nadie de cuantos en ello tendrían interés. E s más: de las dos secciones en que tales causas se dividen la- impugnación que contestamos deja al margen las referentes a la disminución de ingresos, y de las catorce causas apuntadas a modo de indicación, como originadoras del aumento de gastos, dicha impugnación no contesta, sino a siete, dejando subsistentes las otras siete, sin oposición alguna. Reducida así a sus mínimos límites la única impugnación de nuestro informe hasta ahora aparecida, pasemos a examinar los hechos debatidos con la posible brevedad. C) Errores técnicos. Bajo este apartado están los siguientes hechos, a saber: 1. Desagüe del alcantarillado del estadio, que requirió una obra no prevista de 25.0 3 pesetas. Reconocen su exactitud los impugnantes y la justifican, diciendo: a) que se debió a exigencias de las obras de defensa, b) que el aumento sólo fué de 6.60 77. Respecte a lo primero sólo confirma lo dicho por nosotros de que se sufrió un error al estimar que podía verterse en el Guadaira cuando no podía hacerse. L o segundo sólo quiere decir que el déficit sobre el presupuesto inicial fué hasta entonces de 6.6o5 77, pero olvidan los impugnantes que en este proyecto del estadio se prescindió del primitivo proyecto, importante pesetas 1.500.000, por estimar era muy caro y precisaba urgentemente hacer economías, no obstante lo cual se gastaron en el nuevo proyecto (que por cierto informado favorablemente por el Sr. Carvajal, no lo fué por el Sr. Peña) y demás obras cargadas al artículo, por encima de 1.600.000 pesetas y en ese aumento de coste influyó el tener que suspender las obras de desagüe en el Guadaira y sustituir su proyecto por el nuevo importante 25.000 pesetas. 2. L a existencia del desnivel entre el estadio y L a Palmera es, en efecto, bicn, yisible; por eso me extrañó no se previera, según resulta de la carta del contratista Francisco Jiménez, aceptada sin protesta por el técnico que debió estimar, fundada la razón cuando concedió la prórroga pedi da. Y respecto a consignar tal gasto en un presupuesto adicional y no en el primitivo tiene la importancia de que las economías perseguidas al desechar el proyecto primitivo se transformaran, merced a esos i n teresantes presupuestos adicionales, en 100.000 pesetas de aun énto de gasto. 3. Zapatas de hormigón en los edificios del sector Sur. Los técnicos impugnan 0 tes aceptan la exactitud del hecho atribu yéndolo a circunstancias especiales del terreno es decir, que no las tuvieron en cuent ta y con ello erraron al no suponer aquéllas necesarias. E n cuanto á su importe no me he referido sólo al pabellón de Turismo, sino en general a las construcciones del sector Sur. 4 Pabellón Sevilla. Se reconoce igualmente la exactitud de mi afirmación, pues es lo cierto que no se tuvo en cuenta el emplazamiento al hacer el proyecto. Por último, la multiplicación hasta el i n finito de estos ejemplos se puede hacer teniendo en cuenta la exagerada- cantidad de presupuestos adicionales en cada proyecto, que motiva el abrumador exceso de costo de casi todas las obras proyectadas. D) M i s ilustres contradictores confirman en un todo mis afirmaciones en este apartado, y no me queda más sino agradecer su valioso testimonio. H) Tampoco objetan nada en este apartado a cuanto dije, sobre la Sala de Historia de Sevilla. Én cuanto al amueblamiento del Casino y teatro, mientras el Sr. T r a ver no demuestre lo que confidencialmente me manifestó, yo no puedo hacer otra cosa que atenerme a lo que resulta del expediente tramitado con su intervención y mantengo íntegramente lo dicho. Confirman los señores Traver y Carvajal que, terminado el estadio, hubo que introducir reformas por indicaciones de la Comisión de Deportes, que, por cierto, i m portaron 28.686 87 pesetas. E n cuanto al pago, que ellos mismos estiman administrativamente incorrecto, de 53.000 pesetas a la Inmobiliaria, sólo diré, a más de l a certificación que acompaño, que no había para ello consignación en el capítulo I I I artículo sexto del presupuesto general, al que caprichosamente se cargó d i cha obra y ello motivó una transferencia más. P o r lo demás este expediente del estadio requeriría para su estudio un espacio de que no disponemos. K) Diferencia de trato a los contratista. s Cotí toda energía rechazan esta afirmación los señores impugnantes. Y o me l i mitaré a decir, en comprobación de lo afirmado, que, a mi juicio, existe tal diferencia en los siguientes extremos: 1. E n los contratos. U n artista escultor queda autorizado a poder hacer su obra por sí o por otra persona, con el beneplácito del señor director; en los demás contratos con escultores no figura esta cláusula. 2. E n los pagos. Los propios comunicantes reconocen que al Sr. Vázquez Nieto se le adelantaron por el Comité 200.000 pesetas a otros contratistas sólo se les certifica y paga la obra después de realizada y a algunos se les rescinde el contrato, por carecer de dinero para desenvolverse. Confieso que no veo la igualdad de trato por ninguna parte. 3. E n el cumplimiento; unos contratistas cumplen a costa de grandes sacrificios en el plazo impuesto; otro que recibió aumento de precio por realizar lá obra en determinado plazo, no lo hace sin que se le descuente aquella cantidad. Tampoco aquí veo la igualdad c: i el trato, a menos que ésta consista en tratar igual a quien cumple que a quien no lo hace. E n relación con este punto y con el apartado J) de nuestro informe, afirman categóricamente los impugnantes que el señor Vázquez Nieto, no sólo no debe nada al Comité, sino que tiene a su favor un saldo de pesetas 4.977 55, acompañando al efecto una liquidación que nos ha llenado de pasmo, puesto que no coincide con la que obra en el expediente respectivo de que poseemos certificación y lo que es más, tampoco coincide con el acta de arqueo levantada al cesar en su cargo el anterior director, pues en el total de 353.7o6 35 de cuentas a for-

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