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ABC SEVILLA 12-05-1932 página 17
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ABC SEVILLA 12-05-1932 página 17

  • EdiciónABC, SEVILLA
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2 B C. J U E V E S S LAS BASES i5 D E M A Y O D E 1932. EDICIÓN D E ANDALUCÍA. PAG. i E N E L CAMPO ANDALUZ gún costumbre local; guadañador, la ñora, 2,00 pesetas. Siega con segadora simple o agavilladora: L a distribución de la jornada, según uso y costumbre; conductor, jornada 8 horas, jornal 13,00 pesetas, la hora 1,62. Siega con segadora atadora: Distribución de la jornada según uso y costumbre local; conductor, jornada 8 horas, jornal 14,00 pesetas, la hora 1,75; ayudante- conductor o de relevo, donde lo haya, con l a obligación de dar agua, uncir y conducir al. ganado y sustituir en el sillón al conductor: es potestativo del patrono el que lo haya; 8 horas, 11,00 pesetas, 1,37 l a hora; zagal o ayudante, que va montado en una de las bestias, con edad de dieciséis á dieciocho años, 8, 4,25, 0,53. Siega con segadoras ataderas con un tractor Distribución de la jornada como para las segadoras tiradas por bestias; tractorista, según convenio directo con el propietario; conductor de cada segadora, 8 horas, 14,00 pesetas, 1,75 l a hora. Limpieza y preparación de eras: Obrero limpiando o preparando eras, jornada, 8 horas; jornal, 5,75 pesetas; hora, 0,72 peseta. T r i l l a en eras pequeñas o de manchoneros: L a jornada de las ocho horas será de sol a sol, compensando las horas perdidas por falta de viento en los días sucesivos. E r e r o o m. orero (que sólo se podrá dedicar a las faenas propias de la era) jornada, 8 horas; jornal, 7,25 pesetas; hora, 0,91 peseta. T r i l l a en eras grandes o de cortijo: Jornada de sol a sol, compensando las horas perdidas por falta de viento en los días sucesivos. Erero e m o r e r o s i n sábana, jornada, 8 horas; jornal, 6,75; hora, 0,84 peset a erero o morero con ídem, 8, 7,75 y 0,97; erero haciendo almiares, 8, 7,75 y 0,97; carreros barcinadores, sin cargador, 8, 7,50 y 0,94; trilleros no temporeros, 8, 7,25 y 0,91; zagales de era, 8, 3,75 y 0,47. T r i l l a con, máquina trilladora: L a jornada comenzará a las ocho de la mañana, después de almorzar, con hora y media para la comida; los carreros engancharán un cuarto de hora antes. N o excederá de ocho horas la jornada útil de cada obrero. E l número de obreros para cada tipo de máquina, será: Alimentadorés, tipo extraordinario, 2 de cuatro y medio pies, 2; de cuatro pies, 2 de tres y medio pies, o menos, 3. Ayudante dealimentador, 3, 2, 2, y 3 retirador de paja, 3, 2, 2, y 3 piquero de grano, 2, 2, 2 y 3 gatero, 1, 1 y 1; sabanero, 10, 8, 5 y 3 asentador de paja, I, 1, 1 y 1; ayudante de asentador, 1 y 1. Alimentador de cajón, jornada, 8 horas; jornal, 9,50 pesetas; hora, 1,19; ayudante de alimentador, 8, 6,50 y 0,81; alimentador con alimentación automática, 8, 8,50 y 1,06; retirador de paja, 8, 8,50 y 1,06; piquero de grano, 8, 7,00 y. 0,87; gatero, 8, 6,50 y 0,81; sabanero, 8, 10,50 y 1,31; asentador de paja, 8, 10,00 y 1,25; ayudante de asentador, 8, ó, 5o y 0,81; carreros, carreteros y galeristas, con cargador, 8, 6,50 y 0,81; carreros, carreteros y gakristas, sin cargador, 8, 7,50 y o 94; cargadores de gavillas, 8, 7,00 y 0,87; personal no especificado, 8, 6,50 y 0,81; zagales rernpujeros, 8, 3,50 y 0,44. E n el caso en que la máquina tenga elevador de paja quedan, suprimidos los sabaneros, por ser innecesarios, y son sustituidos los retiradores de paja por los arnilleros. Cuando la empacadora trabaja junto al zarandón de la trilladora quedan suprimidos los retiradores de paja y los sabaneros, por no ser necesarios. Siega y trilla con cosechadora- L a jornada máxima será l a legal. Tractorista a libre contratación, jornada, 8 horas; mecánicos a libre contratación, 8; obrero en l a regulación del corte, 8, n o o y 1,37; obrero único en l a piquera del grano y en la salida de la paja, 8, 11,00 y 1,37; obreros auxiliares, si los hay, 8, 6,50 y 0,81. Empacadora a brazo: Jornada legal caá- D E TRABAJO T A R I F A D E LOS PRECIOS MÍNIMOS D E LOS JORNALES Y CONDICIONES G E N E R A L E S PARA E L TRABAJO AGRÍCOLA, E N LA PROVINCIA DESEV 1 LLA, D U R A N T E E L V E R A N O D E L AÑO 1932 Manifestaciones del gobernador acerca del alcance de las bases aprobadas da declarada ilegal la huelga decretada por los Sindicatos Únicos, porque a quien rechaza la ley por sistema, no pueden ampararse en ella para fines revolucionarios; y no olviden los obreros que para salvaguardar su derecho al trabajo. se p rocederá con la má s enérgica y rápida severidad. El gobernador declara ilegal la huelga decretada por los Sindicatos Únicos E n su entrevista de ayer- con los informadores periodísticos hizo el gobernador las siguientes manifestaciones: -Y a se han enviado a l Boletín Ofmal, para su publicación, las bases de trabajo para las faenas de recolección de l a exuberante cosecha que este año se ofrece a la provincia. Hasta este momento no ha querido el gobernador hacer ninguna manifestación por respeto a l a Comisión de obreros y patronos que continuaban sus deliberaciones; pero ante el anuncio de huelga general por los elementos de l a Confederación, estimo necesario advertir a los obreros lo siguiente: E l Gobierno ha prestado l a máxima atención a l problema de l a recolección de la cosecha por la enorme importancia que tiene para la economía del país, y al garantizar a los propietarios l a plena seguridad de sus derechos no ha olvidado los de los trabajadores. P a r a l a discusión de bases, como no están aún- constituidos los Jurados mixtos, se i n vitó a todas las organizaciones constituidas en l a provincia. L a Confederación se retiró inmediatamente, porque l a táctica sindical no admite 3 a discusión serena y razonada, y mucho menos l a garantía del asesoramiento de los técnicos, porque éstos son funcionarios del Estado. Se han celebrado cuarenta sesiones, y n i el ministro de l a Gobernación n i yo, en su representación, hemos asistido a ninguna, para que no se pudiera alegar que se ejercitaba un intervencionismo coactivo. E n las laboriosas discusiones se llegó en ocasiones a importantes y felices coincidencias, en otras, no siempre se llegó al- mutuo acuerdo y es por esto por lo que imprescindiblemente, los técnicos, por autorización pactada en unos casos y por orden superior en otros, han dictado laudo, donde no hubo conformidad. Y a están vigentes las bases en las que resalta no sólo l a elevación de jornales, sino un tono de elevación humanitaria en las condiciones de trabajo como jamás la tuvo el obrero del campo andaluz, y la más elocuente prueba de imparcialidad de la meritísima labor de los técnicos es, que en a l gunos puntos su laudo no satisface a los obreros y en otros quedan disgustados los patronos; pero lo que no puede discutirse es que son las condiciones de trabajo más ustas y humanitarias y las tarifas más altas de España. Dadas estas convelientes explicaciones, para que no se engañe lamentablemente a los obreros y sepan a donde van con este absurdo movimiento huelguístico, y después de a l t a d o s todos los recursos de tolerancia, que- Otras manifestaciones del S r S o l A la una de la noche recibió el gobernador civil a los informadores, a los que hizo entrega de las bases de trabajo que han de regir en las operaciones de siega y trilla. D i j o el S r Sol que l a importancia de las bases es tal, que constituyen un estatuto de. los trabajos del campo, siendo también base de las que hayan de discutirse para el próximo otoño. Agregó que l a Confederación Nacional del Trabajo, ignorando l a fuerza con qué cuenta en l a provincia de Sevilla, ha lanzado la noticia de que llegará hasta declarar la huelga general con tal de que no sea recogida la presente cosecha. L a nota de gran interés- -continuó el gobernador- -es la noticia que dentro de unos días aparecerá en la Gaceta, relativa a la desaparición de los términos municipales en la provincia. Con esta medida, que será adoptada dentro de unos días en Consejo de m i nistros, se garantiza más la recogida de la cosecha y se robustece, además, l a autoridad gubernativa, que podrá resolver más desahogadamente los conflictos que puedan presentarse. L a s tarifas aprobadas Tarifa primera. Campiña. -Trigo, cebada, avena, habas, alpiste y escaña. Siega a braz o Segador, jornada siete horas, jornal, 11 pesetas, la hora 1,57; mujer segando (excepción de l a siega de alpiste y escaña, que les serán prohibidas) 7 horas, -8,25, 1,18; amarrado- res, habrá uno por cada seis segadores, 7, 13,00, 1,85; novicios, habrá uno por cada seis segadores y habrán de tener más de dieciocho años, con el mismo jornal que éstos. Siega de cereales en verde, con guadaña: Duración de- la jornada y distribución se- La fiesta de Sao Isidro I L a figura del Santo Patrón de Madrid y de los labradores; la tradicional romería; el arte de los pintores y de los imagineros que han representado a Saii Isidro, y otras notas acerca. de este mismo tema, se encontrarán recogidas y comentadas en el próximo número de

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