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ABC SEVILLA 14-07-1932 página 31
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ABC SEVILLA 14-07-1932 página 31

  • EdiciónABC, SEVILLA
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A B C. J U E V E S 14 D E J U L I O D E 1932. EDICIÓN D E ANDALUCÍA. P A G i, U N ESCRITO D E L COLEGIO D E ABOGADOS, DE MADRID. EN DEFENSA D E D O N 1 OSE CALVO SOTELO Protesta contra la cesantía de éste como letrado asesor del Banco de España Las sesiones de ayer de la Junta de gobierno M a d r i d 14. E n l a reunión CLU ayer celebró la Junta de gobierno, y a la que asistieron el decano, D Melquíades A l v a r e z los diputados señores Cobián, Llasera, Tercero, Guerra, Suquia, Bellver Cano, Garrido, D e Pablo, V i d a l y M o y a el tesorero, Sr. Jiménez Madrid, y el secretario, Sr. Valentín Gamazo, se adoptaron varios e importantes acuerdos, entre ellos el de ampliar l a biblioteca, ya insuficiente, de volúmenes que existen en la actualidad; amparar los derechos de algunos colegiales, cuyas quejas fueron unánimemente estimadas, y resolver varias cuestiones de personas, entre ellas la de sacar a concurso una vacante de auxilar en secretaría, previa convocatoria de un concurso, en el que se dará la preferencia a los i n dividuos que pertenezcan al Colegio. E L DISCURSO D E L E R R O U X E N ZARAGOZA CIUTTI- AZAÑA. ¡ESA ALDABADA POSTRERA H A S O N A D O JSN L A E S C A L E R A El caso del señor Calvo Sotelo P o r último, firmó el decano, D Melquíades Alvarez, el siguiente- escrito, que la Junta eleva al ministro de Hacienda, con motivo del caso del Sr. Calvo Sotelo: Excelentísimo señor, L a Junta. de Go- bierno del Ilustre Colegio de Abogados, de M a d r i d aunque había visto con desagrado la conducta seguida contra el letrado D José Calvo Sotelo, por el gobernador del Banco de España; decretando su cesantía de espal- das al Consejo de Administración, como ase- sor de dicha entidad, por estímulos políticos, no había querido hacer pública su protesta aunque y a l a había consignado en su libro de actas, para que nadie pudiera calificar de oficiosa, n i mucho menos de tendenciosa, la actuación de l a misma. Mas a i tener conocimiento por él propio colegial perseguido de la arbitrariedad cometida por móviles políticos, y al recabar, la protección de esta Junta, no puede por menos de expresar al excelentísimo señor ministro de Hacienda, como jefe superior del gobernador del Banco de España, la gravedad de. la determinación adoptada, por la ilegalidad que supone y por el funesto precedente que puede sentar. E s t a Junta de gobierno, que, escrupulosa y fielmente se propuso desdé el momento dé tomar posesión de su cargo, cumplir con su deber, defendiendo a. todos los compañeros en el ejercicio de nuestra augusta función, sin bastardear su misión, trayendo aquí el eco mezquino de las pasiones políticas como se manifestó en ocasión solemne, por voz autorizada, con el asentimiento y aplauso fervoroso y entusiasta del Colegio de Abogados de Madrid, no puede dejar de cumplir ese deber, porque en esta ocasión el compañero perseguido, movido de su función como letrado asesor, una a su condición de abogado la circunstancia de ser, al propio tiempo, político. P o r lo mismo que esta Junta ha tenido muy buen cuidado de no mezclar su intervención profesional en los rozamientos políticos que algunos de nuestros compañeros hayan goáido tener- con el Gobierno en su actua: de cada individuo, sino una totalidad simple ción ciudadana, desertaría hipócritamente e indivisa, y, por consiguiente, que puede del deber que se impuso al aceptar el cargo darse el caso de una transgresión jurídica, que honrosamente ostenta, si en esta ocasión que afecte a un individuo o a varios; pero no ejercitase las atribuciones preceptivas que no a todos. L a cuestión, por tanto, se reduce los Estatutos de nuestro Colegio nos i m a saber si la colectividad se hace solidaria imponen. de la protesta individual y sale a la defensa Deritro de los límites de los Estatutos de del individuo que directamente recibió el esta ilustre Corporación, y con relación a los agravio, o si, por el contrario, sufre ia i n organismos del Estado en todas sus jurisj u r i a que se le infiere en l a persona de uno dicciones, ordena el artículo 30 de los misde sus miembros, abandonándole, indefenso, mos, a la Junta de gobierno, defender, cuando lo estime precedente y juste, a los a las iras salvajes del Poder, y haciendo colegiales, si fueran- molestados o persegui- juntamente cobarde abdicación de su derecho en aras de l a fuerza. dos en el desempeño de las funcioa. es de lá Honda huella han dejado en el ánimo de profesión o con ocasión de ella. esta Junta de. gobierno las palabras del- ge- L a privación de un cargo como el que osnio de Costa que, a sus muchos títulos de tentaba D José Calvo Sotelo, cegándole admiración, unía la condición de ser un consus legítimas fuentes de ingreso, ganadas en vencido republicano; por ello, su- autoridad concurso no sólo merecería la atención, que no será sospechosa en estas críticas y azaropara esta Junta es un deber, de protestar de sas circunstancias. N o nos podemos resistir tal expoliación, sino que repugna a todo ciua la tentación de evocar algunas, no muchas dadano español que se crea amparado por las garantías individuales y políticas, con- más, de sus palabras, para no incurrir ea sus censuras. signadas en la Constitución española, singu E r a ideal de Solón, que todos los ciudalarmente en su artículo 25, donde expredanos se hicieran solidarios de los agravios samente reconoce el derecho a ostentar, sin que se infiriese a uno de ellos y se arrojasen, privilegio ni persecución, las ideas políticas a vengarle. H a n transcurrido veinticinco s i y las creencias religiosas. glos- y todavía presencia a menudo l a H i s E l concepto que a esta Junta de gobierno toria el espectáculo de un individuo aislado, merece el hecho que motiva esta respectuosa en medio de la sociedad indiferente a sus pero enérgica protesta por el despojo de que quejas o a sus sufrimientos, víctima de los ha sido víctima uno de nuestros compañeabusos del Poder y sólo enfrente de él para ros, lo vamos a expresar con autorizadas reprobarlos y resistirlos. palabras de un insigne jurisconsulto, gloria P o r estímulos de imperioso deber, esta también del Colegio de Abogados de Madrid, Junta de gobierno, adoctrinada al propio del ilustre D Joaquín Costa, profesor en la tiempo por las lecciones de un esclarecido Institución Libre de Enseñanza, en su obra maestro, no puede dejar en silencio, pues Teoría del hecho jurídico individual y social. traicionaría su propia conciencia y deserta P o r lo pronto- -decía- -repárese que el ría cobardemente del puesto de honor que derecho en las Sociedades no es un agregado sus compañeros le han concedido, si no forde derechos particulares y relativos, propios mulase ante el ministro de Hacienda, también abogado y colegial, que figura en las listas de nuestro Colegio, la protesta más LEA USTED respetuosa, pero también l a más enérgica y sincera por el agravio inferido, como profesional, al abogado D José Calvo Sotelo. M a d r i d 12 de julio de 1933. -El decano, íes l a m e j o r d e l a s r e v i s t a s Melguiades 4 t? s. a

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