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ABC SEVILLA 29-01-1933 página 22
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ABC SEVILLA 29-01-1933 página 22

  • EdiciónABC, SEVILLA
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A B C. DOMINGO 29 DE ENERO DE 1933. EDICIÓN DE ANDALUCÍA. PAG. José Burgos, por la Patronal de Lucena; Jaime Oriol, por Sevilla; José Carreira, por Málaga; P. Moreno Agrera, por Granada Antonio Zurita, por los olivareros de Córdoba, y Diego León Robres, representante de la Cámara Agrícola de Tortosa y sus agregados. D i s p o s i c i o n e s oficiales Prohibición de la corta de árboles M a d r i d 28. L a Gaceta del día 26 ha publicado el siguiente decreto: Artículo i. Atendiendo a lo dispuesto en el decreto de 18 de septiembre último, en las fincas de carácter forestal procedentes de señoríos jurisdiccionales afectadas polla Reforma agraria, según el apartado sexto da la base quinta; en las comprendidas en el párrafo de l a citada base quinta que hace referencia a la extinguida grandeza de España, y en las que puedan estar incluidas en el párrafo segundo del apartado d) de la base sexta, por constituir cuando menos la quinta parte de un término municipal, no se podrán realizar cortas de árboles de cualquier clase y dimensión sin previa autorización del gobernador civil de l a provincia, quien la concederá en su caso siempre que no exceda de su normal aprovechamiento, oyendo al propietario, arrendatario y contratante, con informe favorable de la Jefatura del Servicio forestal correspondiente, para el que se tendrán presentes las instrucciones de 4 de marzo de 1925 que regulan las cortas y descuajes en los predios de propiedad particular, y dando conocimiento de la resolución a la Comisión mixta de Policía rural, o, en su defecto, al Ayuntamiento respectivo. A r t 2. E n los predios forestales enclavados o colindantes con bienes rústicos municipales declarados o no de utilidad pública, que se hallen sin deslindar, y en aquellos otros cuyo rescate haya instado alguna entidad municipal, según la base 20 de la ley de Reforma agraria, tampoco se podrán realizar cortas de árboles de cualquier clase o dimensión sin previa autorización del gobernador civil de la provincia, concedida en la misma forma que previene el artículo anterior. A r t 3. E n tanto se promulga una ley de Arrendamientos que regule estos contratos no se podrá cortar el arbolado existente en las fincas rústicas dadas en arriendo o aparcería, a no ser que lo soliciten conjuntamente propietario y arrendatario del gobernador civil de la provincia y éste lo autorice con arreglo a las normas procedentes. A r t 4. Las Comisiones mixtas de P o licía rural, o, en su defecto, el Ayuntamiento respectivo, quedan encargados de denunciar al gobernador civil de la provincia las infracciones que se cometan a lo dispuesto en los artículos anteriores, sin perjuicio de la vigilancia que deban ejercer para evitarlas la Guardia civil, guardería forestal y guardas municipales, tramitándose las denuncias en la forma que dispone el decreto de 18 de septiembre último y aplicando las sanciones que el mismo determina. A r t 5. P a r a el aprovechamiento del arbolado de los predios forestales de propiedad particular no incluidos en los casos anteriores seguirán rigiendo las instrucciones de 4 de marzo de 1925, por cuyo cumplimiento estricto velarán los alcaldes, las Jefaturas de los Servicios forestalse y los gobernadores civiles, publicando éstos las necesarias c i r culares que asj lo recuerden. A r t 6. E n estos momentos, cuando en un aprovechamiento de maderas el número de pies señalados o cortados sea superior por cada hectárea al 20 por 100 de los árboles que existan en ella de diámetro normal superior a 20 centímetros, los gobernadores c i 0 0 réstales y alcaldes harán que por la Guardia ¡civil, guardería forestal y guardas munici 1 pales, así como por el personal facultativo I de Montes que recorre las zonas arboladas l. cr n motivo de sus trabajos de campo, se exija la necesaria autorización expedida por el gobernador civil de la provincia, según las normas que prescribe el decreto mencionado en el artículo anterior, debiendo parar y denunciar la corta en caso de carecerse de aquélla. A r t 7. Las autorizaciones para dedicar al cultivo agrícola terrenos de los bienes rústicos municipales no son de la competencia de los alcaldes, sino de la Dirección general de Montes, Pesca y Caza, cuando se trate de predios catalogados como de utilidad pública, a tenor de la orden ministerial de 22 de octubre último, y en todos los demás casos del Instituto de Reforma A g r a ria, con arreglo a las base 21 de la ley de 15 de septiembre próximo pasado. 1932; que el Estado destine cien millones de pesetas para comprar el sobrante de la producción cerealista, elevándose 1 tasa mínima; prohibición de importar maíz y que se autorice el pago de contribuciones y jornales, en especies; que se fomente el crédito agrícola; derogación de la ley de Términos Municipales y la adhesión al manifiesto de la Patronal de Ciudad Real para constituir la Federación de Labradores E s pañoles. También piden que los Poderes públicos pongan fin a los atentados que se cometen contra la producción y la ampliación de crédito a las fincas afectadas por la reforma agraria. LOS CONTLI CTOS SOC i A L E S E l gobernador civil manifestó ayer a ios periodistas que la Policía le había dado cuenta de que en una reunión celebrada la noche anterior por los obreros de productos químicos se adchtó el acuerdo de declararse en huelga el próximo martes, a las cinco de la tarde, si para esta fecha la patronal no ha dado respuesta favorable a las peticiones que le tienen hechas. -S i n entrar en el fondo del asunto- -agregó el Sr. García Labella- tengo que decir a ustedes que éste es un caso clarísimo de huelga ilegal, tanto por no haber sido presentado en este Gobierno civil eF oficio de huelga, como por hacerse caso omiso del plazo- que preceptúa la ley para poder ir a ella. Y lo hago (público para que los interesados no puedan alegar ignorancia y reflexionen sobre lo contraproducente que pueda serles su determinación, ya que si la mantienen y van a la huelga ilegal será autorizada la patronal para el despido y sustitución de los obreros huelguistas; mientras que si, como es de desear y esperar, el buen sentido se impone en ellos, haciéndoles volver de su acuerdo para procurar el logro de sus aspiraciones dentro- de los cauces legales, éstas serán estudiadas por los organismos competentes y resueltas en justicia, para lo que no habrá de faltarles ciertamente los buenos oficios de la autoridad gubernativa. L o s taxistas presentarán h o y e! oficio de huelga L o s obreros de productos químicos acuerdan i r a la h u e l g a y el g o b e r n a d o r Ja c o n s i d e r a ilegal L a intensificación de cultivos y los contratos de arrendamientos colectivos Madrid 28, 6 tarde L a Gaceta de hoy publica una orden del ministerio de A g r i cultura dando instrucciones complementarias de la aplicación del decreto de 3 de noviembre del año anterior, relativo a intensificación de cultivos. También publica otra orden aprobando los Estatutos para explotación colectiva de predios rústicos y. autorizando para concertar contratos de arrendamiento colecivo, con ventajas legales, a las entidades que se mencionan. Otras noticias La Asociación de Propietarios Rurales, de Brozas Madrid 28. Dicha entidad nos dirige el siguiente telegrama: Identificados con la actuación del vocal del Instituto de Reforma A g r a r i a Sr. Rodríguez Jurado, divulgada en A B C nos complacemos en testimoniar a ese patriótico diario nuestra gratitud. Importante asamblea agraria en Palencia Palencia 28, 6 tarde. Convocada por la Federación Patronal A g r a r i a se ha celebrado, en el teatro Principal, una importante Asamblea, con asistencia de más de dos mil agricultores de la provincia, que llenaban por completo el teatro. E l objeto de la convocatoria era tratar sobre los gravísimos problemas agrarios; de la abolición del de. creto regulador del mercado de trigos de 15- de septiembre último; la derogación de términos municipales, la adquisición por el Estado del sobrante de la producción cerealista. Se propuso que el Estado adquiera 300.000 toneladas de trigo al precio de tasa no inferior a 53 pesetas el quintal métrico. L a prohibición de importar maíz extranjero a fin de valorizar los piensos y permitir el pago de contribuciones, impuestos, y jornales obreros en especies hasta descongestionar el mercado. Hicieron uso de la palabra el abogado de Astudillo D Víctor Martínez, quien dijo que el sobrante de la producción cerealista sobre el consumo nacional se aproxima a nueve millones de quintales métricos. E l ex alcalde de esta capital D Pablo Pinacho rectificó el sobrante que debe adquirir, el Estado, que sólo es millón y medio de quintales métricos. E l presidente de la Federación Nacional, señor Rodríguez, resumió los discursos, redactando las conclusiones en las que se pide la derogación d d decreto de septiembre de E n el local de calle Arenal celebraron anoche la anunciada reunión los taxistas, quienes tomaron los siguientes acuerdos: Presentar hoy el oficio de huelga, por tiempo indefinido. E l plazo para la ejecución expira el día 13 del próximo mes de febrero. Pedir que el impuesto de patentes sea de 22 pesetas a! año por caballo. Y solicitar un plazo para el pago de patentes hasta el 30 de abril próximo. U n a manifestación en Gaucín para p e d i r la solución a la crisis o b r e r a Ronda 28, 5 tarde. Comunican del pue. blo de Gaucín que se ha verificado una i m portante manifestación, con la asistencia de todas las clases sociales, para solicitar de los Poderes públicos el rápido comienzo de los trabajos de la proyectada carretera Gaucín- Ronda, como único medio de mitigar la horrible crisis obrera, incrementada por el temporal reinante. Se resuelve l a h u e l g a en el p u e r t o Gandía de viles, ingenieros jefes de los Servicios fo- Valencia 28, 4 tarde. H a quedado resuelta la huelga que sostenían los obreros del puerto de Qaridía mieg gég ja ¡trabajo.

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